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Tribunal falla en contra de Daddy Yankee en millonario litigio por su divorcio
El reconocido exponente de la música urbana, Ramón Luis Ayala Rodríguez, mundialmente identificado como Daddy Yankee, ha sufrido un golpe judicial definitivo en su tierra natal. El Tribunal Supremo de Puerto Rico emitió un fallo formal en contra del intérprete, resolviendo el conflicto legal que mantiene con su exesposa, Mireddys González, referente a la repartición de los bienes gananciales acumulados a lo largo de su matrimonio.
Esta sentencia marca el final de una extensa serie de reveses para el artista, quien previamente había buscado revertir de manera infructuosa las decisiones del Tribunal de Primera Instancia y de la Corte de Apelaciones. Con este nuevo dictamen del máximo foro judicial, el proceso alcanza una etapa irreversible. “Esta decisión es final y firme; él agotó todos los recursos legales para evitar el pago, pero ahora ella tiene el derecho legítimo de reclamar lo que le corresponde”, declaró el abogado Pablo Lugo durante una intervención televisiva.
La magnitud financiera de este divorcio posiciona al caso como uno de los litigios más costosos en la industria del entretenimiento reciente, dado que el patrimonio neto consolidado por la pareja durante sus 29 años de casados alcanza la cifra de 500 millones de dólares. En el espacio televisivo “Día a Día” de Telemundo, conducido por la periodista Sylvia Hernández, trascendió que González solicitó una compensación de cinco millones de dólares, además de una pensión mensual provisional.
Al respecto, el abogado Pablo Lugo enfatizó que no existían razones de peso para prolongar el litigio, considerando que el régimen de bienes gananciales bajo el cual estuvieron casados otorgaba a ambos el mismo derecho sobre la fortuna construida en común. Sin embargo, a pesar de que esta resolución del Tribunal Supremo es contundente y cierra el debate principal sobre la división patrimonial, el panorama legal para la expareja aún no se extingue por completo de cara al futuro del proceso.
